martes, 20 de septiembre de 2011

¿Pueden las Provincias firmar Tratados Internacionales?
El acuerdo China – Río Negro

La Constitución Nacional original -1853/60 – ya le daba a las Provincias la posibilidad de firmar “tratados parciales” dentro del límite de sus facultades no delegadas al poder central.
La Constitución reformada en 1994, en su art. 124, abunda en esta facultad al autorizarlas a celebrar “Convenios Internacionales” en tanto no sean incompatibles con la política exterior de la Nación…” y le agrega la capacidad de disponer de “el dominio originario de los recursos existentes en su territorio”. Las carga con el sólo trámite de “darle conocimiento al Congreso Nacional”.
Esto último es una curiosa paradoja, mientras los tratados internacionales firmados por el Gobierno Nacional deben tenerla aprobación del Congreso, los tratados firmados por las provincias – que pese a su supuesta parcialidad, pueden comprometer recursos de carácter estratégico global como petróleo, gas, agua, tierras, etc. – sólo requieren su comunicación al Parlamento.
Sin lugar a duda, este artículo debería ser debidamente reglamentado para establecer los límites de esta facultad provincial y especificar con mayor precisión el significado de los términos “tratado parcial” y “convenio Internacional”.
Un buen ejemplo de los términos “tratado parcial” y Convenio Internacional” es el acuerdo al que arribaron la Prov. de Río Negro y la empresa estatal china Beidahuang Group.
El contenido presente de dicho acuerdo es un aporte de 3.000 has. De tierra de propiedad provincial para hacer una experiencia piloto de siembra bajo regadío de soja y trigo más el otorgamiento de una facilidad portuaria y el compromiso de una inversión china de hasta 20 millones de dólares.
En una eventual segunda etapa, esta explotación  puede llegar a extenderse hasta 240.000 has. (el doble de la actual extensión total de tierras provinciales actualmente en explotación agrícola), con una inversión de $ 1,5 billones de dólares y la construcción de un puerto en San Antonio Oeste con una concesión por 50 años.
La etapa inicial es muy significativa considerando que, en la actualidad, hay solamente 2.000 has. De sembradíos de soja en esa provincia.
A priori, es de destacar la iniciativa del gobierno provincial y la importancia del gasto diplomático y económico chino al iniciar un proceso de extraordinaria proyección futura.
Sin embargo, es de puntualizar que sería un grave error multiplicar en forma anárquica tales iniciativas así como otras en el campo de las concesiones mineras, gasíferas, petrolíferas o acuíferas de cara al futuro.
El mecanismo de resolución más efectivo sería la constitución de un “Consejo Federal de Relaciones Internacionales” presidido por el P. Ejecutivo Nacional e integrado por todos los gobernadores que se reuniera 2 veces al año y tuviera reuniones mensuales de seguimiento conducidas por la Cancillería y el Ministerio de Economía de la Nación.
Allí se podrían compatibilizar los proyectos y asegurar su correspondencia con la Constitución Nacional y la política exterior del país.
El Federalismo, tan poco practicado, no puede devenir abruptamente en una suerte de loteo parcializado que vaya construyendo un “facto” con consecuencias políticas y económicas difíciles de predecir.
Es absurdo que, al mismo tiempo que se debate el “régimen de la tierra” y los límites al que estarán sometidos los individuos y/o sociedades extranjeras, puedan plantearse acuerdos provinciales que contradigan o se superpongan con políticas nacionales y /o regionales.
Los brasileros han tenido una experiencia muy interesante en esta materia a raíz de la que fue la competencia inter-estados federales para captar inversiones extranjeras.
Recordemos que el sistema impositivo brasilero es mucho más federal que el nuestro – al dejar en manos de los estados la recaudación de los impuestos federales – y que tuvo que avanzar en legislación de responsabilidad fiscal para impedir la acumulación de déficit estaduales por los excesos en el otorgamiento de exenciones impositivas.
Las regulaciones, los regímenes especiales y los subsidios deben buscar equilibrar el desarrollo regional y propender al arraigo de las poblaciones locales. La participación de las provincias en la política externa es otro mecanismo muy útil para alcanzar estos objetivos.


Diego Ramiro Guelar
Secretario de Relaciones Internacionales de PRO

jueves, 15 de septiembre de 2011


Secretaría de Relaciones Internacionales


Comunicado de Prensa
15 de septiembre de 2011


El Estado Palestino y Naciones Unidas

Ante el inminente tratamiento del estatus del Estado Palestino en la Asamblea General de las Naciones Unidas, el PRO declara:
El PRO apoya la existencia y el reconocimiento del Estado Palestino con fronteras seguras y negociadas con el Estado de Israel con buena fe por ambas partes.
Consideramos que las Naciones Unidas, tanto el Consejo de Seguridad como su Asamblea General, deben cooperar activamente para crear las mejores condiciones de Paz en Medio Oriente y que la convivencia entre el Estado de Israel y el Estado Palestino garantice la prosperidad y la justicia para ambos pueblos.
Solicitamos a todas las partes involucradas en este proceso aportar su cuota de mesura y responsabilidad para contrarrestar las posiciones más extremas e intolerantes que han impedido se avance en soluciones positivas y permanentes.
Estamos seguros de que, además, Las Naciones Unidas pueden colaborar con fuerzas de Paz que garanticen la normalización del tráfico aduanero entre ambos países, mientras se resuelve el definitivo trazado de sus fronteras nacionales.

     Diego Ramiro Guelar                                                 Federico Pinedo
Secret. Rels. Internacionales                                       Presidente Bloque PRO
            PRO                                                            Cámara de Diputados de la Nación